La Corte Suprema determinó que el ministro instructor del máximo tribunal Lamberto Cisternas Rocha deberá continuar con la investigación por los supuestos delitos de asociación ilícita, falsificación de instrumento púbico y obstrucción a la justicia en la investigación por el homicidio del funcionario de la Cepal Carmelo Soria.

En fallo unánime, la Segunda Sala -integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Carlos Cerda y Julio Miranda- acogió los recursos de casación e invalidaron la sentencias del ministro en visita Alejandro Madrid que condenó a varios miembros del Ejército como responsables de diversos delitos para obstruir la investigación.

El fallo determina que el ministro Madrid era incompetente para seguir investigando el proceso que debió ser instruido por un ministro de la Corte Suprema.

La semana pasada, la misma sala del tribunal máximo del país sometió a proceso a 15 ex agentes de la disuelta DINA por los delitos de asociación ilícita y homicidio calificado del funcionario de la Cepal ocurrido el 14 de julio de 1976.

Que de esta manera, por aparecer de los antecedentes que efectivamente los hechos criminosos abordados en la investigación sumarial desplegada por el Ministro en Visita Extraordinaria señor Madrid en esta causa revisten el carácter de conexos al delito de homicidio de don Carmelo Soria Espinoza, al haberse denunciado la eventual perpetración de maniobras destinadas a procurar la impunidad de los autores de su muerte, resultaba necesario atender a las normas sobre competencia que rigen la substanciación de la causa”, dice el fallo.

En la causa el ministro en visita Alejandro Madrid había condenado a los miembros del Ejército en retiro Jaime Lepe Orellana, Eugenio Covarrubias Valenzuela, René Patricio Quilhot Palma, Leonardo Quilodrán Burgos, Sergio Cea Cienfuegos y Leonardo García Pérez por distintos delitos.