La segunda sala de la Corte Suprema acogió el recurso de queja y ratificó la sentencia de primera instancia que condenó a la empresa Cine Hoyts al pago de una multa y de una indemnización por un accidente en uno de los recintos de la cadena.

En fallo unánime, los ministros Milton Juica, Hugo Dolmetch, Carlos Kümsemüller y los abogados (i) Jaime Rodríguez y Carlos Pizarro, ratificaron la resolución en primera instancia del Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes, que ordenó el pago de una multa de 15 UTM y a indemnizar a la víctima Aurora Paredes Celis con $11 millones por daño emergente y moral.

El accidente ocurrió el 11 de julio del 2014, en el local Cine Hoyts ubicado en el mall Parque Arauco.

“Desde el momento en que el tótem de publicidad cae e impacta a la consumidora, toda la sucesión de acontecimientos constituyen pesares y sufrimientos provocados por la negligencia en la adopción de medidas de seguridad sobre dichas estructuras“, detalla el fallo.

Entre los antecedentes que propiciaron la resolución, están los certificados médicos presentados por la afectada, en donde se certifica que Paredes Celis sufrió de depresión a causa del accidente.