La Superintendencia del Medio Ambiente, por mandato del Segundo Tribunal Ambiental, reabrió el procedimiento sancionatorio en contra de la Compañía Minera Nevada SpA, titular de los proyectos “Pascua Lama” y “Modificaciones Proyecto Pascua Lama”, con el fin de dictar una nueva resolución sancionatoria.

En mayo de 2013 la superintendencia había aplicado una multa de 16.000 Unidades Tributarias Anuales por diversos incumplimientos ambientales, y a la vez, decretó la paralización del proyecto.

Cabe recordar que, debido a la reclamación interpuesta por denunciantes ante el Segundo Tribunal Ambiental, este organismo determinó en marzo del año 2014 que la resolución sancionatoria de la SMA adolecía de diversos vicios de ilegalidad, como la falta de fundamentación del acto administrativo y la utilización de la figura del concurso infraccional, entre otros motivos. Esta sentencia fue objeto de un recurso de casación en la forma y en el fondo, interpuesto por la empresa ante la Corte Suprema, que el 30 de diciembre de 2014 dictó sentencia, dejando a firme la decisión del Tribunal Ambiental.

Con la resolución que ordena la reapertura, la SMA retrotrae el procedimiento sancionatorio hasta la última gestión útil que consta en el expediente, anterior al dictamen. Luego de ello, la SMA deberá emitir un nuevo dictamen y una nueva resolución sancionatoria, que corrija aquellos aspectos del procedimiento que el Tribunal Ambiental le ha ordenado subsanar.

Nuevo procedimiento sancionatorio

En forma paralela al reinicio del procedimiento del año 2013, la SMA ha iniciado un segundo proceso sancionatorio contra Compañía Minera Nevada SpA debido a nuevos incumplimientos de la normativa ambiental detectados durante inspecciones realizadas entre los años 2013 y 2015.

Estas fiscalizaciones al proyecto Pascua Lama se realizaron tanto en forma programada como también fruto de denuncias presentadas por terceros.

En este segundo proceso, la SMA ha formulado 10 cargos al titular del proyecto, uno de ellos por una infracción gravísima, 2 graves y 7 leves.

Estos cargos están relacionados con incumplimientos relativos a las obligaciones establecidas en las RCA del proyecto respecto de flora y vegetación, monitoreos sociales, monitoreo de glaciares, entre otros.

Ante este nuevo procedimiento, el infractor tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento o 15 días de plazo para formular descargos ante la Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

Respuesta de Pascua Lama

A través de un comunicado, Pascua-Lama acusó recibo de esta información y aseguró que se trata de “una etapa esperada dentro de este proceso”.

“Si bien en el pasado Pascua-Lama ha cometido errores y equivocaciones, frente a ellos hemos pedido disculpas y perdón con humildad y transparencia. Sabemos que reiniciar el proyecto requiere demostrar que tenemos una nueva y mejor forma de abordar los desafíos”, dijo Eduardo Flores, director ejecutivo de Barrick Chile.

El ejecutivo explicó que la compañía va a estudiar este nuevo proceso para definir las acciones a seguir en cumplimiento de la normativa actual vigente. “Estamos trabajando con la mayor diligencia, eficiencia y cuidado para cumplir con nuestros compromisos regulatorios, sociales y ambientales”, señaló.

“Pascua-Lama está en un nuevo camino de diálogo y trabajo en alianza con las comunidades, las empresas locales y de constante comunicación con las autoridades”, concluyó.