En fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Registro Civil rectificar la inscripción de nacimiento -de la Circunscripción de Cardenal Caro- de una persona nacida el 8 de julio de 1975 e inscrita como de sexo femenino por nombres y sexo masculinos.

El tribunal de alzada ordenó la medida por cumplirse en la especie “con todos los requisitos legales necesarios para dar cumplimiento a dicho cambio”, del individuo que ha sido conocido por más de cinco años con nombres e identidad sexual masculina.

Esto último, con la particularidad de que no será necesario que se someta, previamente, a procedimientos quirúrgicos de genitoplastia masculinizante y masectomía.

“Disponiendo la ley que el nombre de una persona debe estar relacionado con su sexo, es necesario pronunciarse acerca de la modificación de éste en su indicación en la partida de nacimiento”, razona el fallo.

“En este caso, como aparece de la prueba aportada por la solicitante y relacionada en el motivo tercero de la sentencia en alzada, ha quedado en evidencia que no es la existencia de los órganos sexuales lo que hace a una persona sentirse e identificarse bajo un género u otro, sino el sentimiento de identidad sexual”, recalca.