La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección interpuesto por la comunidad indígena Coyan Mapu y la Asociación Indígena Nahuen en contra del Proyecto Eólico de la empresa WPD Negrete SpA, ya que no vulneraría la garantía constitucional de los mapuche.

La acción judicial se debió, según los indígenas, a la vulneración de sus derechos porque no se habría considerado la ley de bases generales de medio ambiente y tampoco se respetó el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

Por ello, tras la presentación de los documentos referentes al proyecto, la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, resolvió rechazar el recurso de protección, ya que a juicio de los ministros no se vulneraría la garantía constitucional de las comunidades recurrentes.

En ese contexto, el gerente de la empresa, Tomás Schröter, lamentó que comenzara de esta manera la iniciativa, sin embargo aseguró que mantendrán el diálogo con las comunidades durante la vida útil del proyecto.

Respecto al recurso de protección presentado en el Tribunal Ambiental de Valdivia, Schröter dijo que se encuentra en trámite, sin embargo se manifestó esperanzado en que la justicia no acepte la nulidad del proyecto, ya que han actuado de acuerdo a lo que establece la ley.

Por último, el gerente de la compañía, detalló que el Parque Eólico Negrete fue aprobado por el SEA en julio de 2014 y consiste en la instalación de 12 aerogeneradores de tres megawatts cada uno, con lo cual se pretende inyectar 110 gigawatts por año al Sistema Interconectado Central y evitar la emisión de 55 mil toneladas de CO2.

Además agregó que éste será emplazado en la ex hacienda Negrete y utilizará cerca 30 hectáreas en terrenos de cuatro propietarios y que podría comenzar a funcionar el segundo semestre del 2016.