La justicia decidió acoger el recurso de protección presentado por el apoderado de dos niños que cursan kínder y tercer año básico en el colegio particular Corazón de María, de la comuna de San Miguel, y a quienes el establecimiento canceló la matrícula debido a los comentarios que habría emitido el padre de los menores en un blog.

Fue así como en un fallo unánime, Tercera Sala del máximo tribunal ratificó la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que acogió el recurso presentado por el padre de los alumnos del establecimiento tras la cancelación de sus matrículas para el año académico 2015.

En la sentencia, la Suprema Corte confirma que el establecimiento adoptó una medida de carácter injustificado y arbitrario, puesto que sólo habría tomado en cuenta los comentarios emitidos por el progenitor en un sitio web, lo que afectaba el derecho a la educación de los niños.