Dos ex carabineros, fueron sentenciados a cumplir 10 años y un día de presidio, como autores del homicidio calificado de un agricultor de la localidad de Puerto Domínguez, perpetrado el 3 de junio del año 1974.

El ministro en visita extraordinario para causas por violación a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, dictó sentencia definitiva en contra de los funcionarios en retiro de Carabineros, René Segundo Illesca González y Máximo Arturo Venegas Véjar, como autores del delito de homicidio calificado de Segundo Cayul Tranamil, de 35 años de edad, sin militancia política, quien fue ejecutado en un potrero del lugar paradero Tres Esquinas, de la ruta Puerto Domínguez a Carahue, tras hacerlo descender de un bus en el que lo trasladaban en calidad de detenido.

La sentencia explicita que los ex uniformados deberán cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva.

En el aspecto civil, el ministro Mesa condenó al fisco a pagar la suma total de ciento cincuenta millones de pesos que recibirán como indemnización de perjuicios, por concepto de daño moral, por partes iguales los tres hijos de la víctima.