La Corte Suprema ordenó la reincorporación de una afiliada a la isapre Cruz Blanca, institución que la había eliminado por el supuesto no pago de las respectivas cotizaciones previsionales.

La resolución sostiene que la desafiliación de la usuaria de la Isapre no se encuentra justificada por que no existe una constancia notificada de manera legal donde se le explique que tenía una supuesta mora.

El fallo señala que la notificación que se envió resulta insuficiente por lo que “la decisión de la Isapre Cruz Blanca S.A. de poner término al contrato de salud de la recurrente no se ajustó a lo dispuesto en los artículos 197 y 201 N° 2° del ya DFL N° 1 del Ministerio de Salud”, explica el fallo.

Además, el máximo tribunal consideró arbitrario el actuar de Cruz Blanca por no reincoporar a la mujer, pese a que se puso al día en el pago de las cotizaciones.

Por lo tanto la resolución concluye: “Se revoca la sentencia apelada de dos de septiembre de dos mil catorce, escrita a fojas 70 y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fojas 21, debiendo la Isapre recurrida reincorporar a la actora como afiliada, manteniéndose a su respecto el plan de salud contratado”.