Según indicó el afectado en una misiva, su privacidad se vio vulnerada en la tienda del Mall Curicó, cuando un grupo de guardias lo enfrentó con el argumento que había “guardado una polera de la tienda en la bolsa que llevaba”.

Daniel Ramírez, joven oriundo de Concepción, vivió hace algunos días una de las experiencias más insólitas de su vida. Y es que el 9 de diciembre -estando en Curicó- se fue de compras al mall de dicha ciudad.

En el lugar, ingresó a la tienda Paris y decidió probarse una chaqueta deportiva; para ello ingresó a uno de los probadores, donde además aprovechó de ponerse una polera que se había comprado en un local comercial externo a la tienda.

Tras darse cuenta que la chaqueta con la polera no se veían bien, guardó esta última en su bolsa y salió del probador con la chaqueta para dejarla en su lugar. Su sorpresa fue que al salir de ese sector, fue rodeado por un grupo de guardias que lo enfrentó y le señaló que habían visto como él había guardado la prenda de ropa en la bolsa.

“La situación fue bien incómoda, porque el cuerpo de guardias me estaba acusando de un acto grave, que en ninguno de los casos se sostenía en algo. Pero lo más grave es que el momento en que saqué y guarde mi polera fue dentro del probador”, escribió Daniel Ramírez en una publicación hecha en su página de Facebook y la cuál ya tiene cerca de 6.000 compartidos.

Para el afectado la respuesta es clara: “esto significa que el sistema de seguridad me espió mientras me desnudaba en el probador”, indicó.

En conversación con BioBioChile, Daniel evidenció su desconcierto y señaló que lo hecho por la tienda es “una falta de respeto y se presta para múltiples interpretaciones”, ya que se deduce que poseen un circuito de cámaras tras el espejo o en los probadores.

Frente a esta denuncia y a la molestia generalizada de varios clientes que apoyaron a Daniel, Paris salió a desmentir la información y a través de un comunicado indicaron que respetan el derecho consagrado constitucionalmente a la intimidad y vida privada de sus clientes.

“No hay cámaras de seguridad en nuestros probadores ni en baños, sólo en lugares públicos en pro de resguardar la seguridad”, señala la misiva publicada en el Facebook oficial de la tienda.

Ante estas declaraciones, Ramírez indicó que era evidente que la empresa se iba a defender y negar lo sucedido. “Muchas veces las políticas de una empresa dicen una cosa, pero sus empleados hacen otra, y en este caso fue así luego que los propios guardias se delataran con su acción”.

Finalmente, Daniel aseguró que en ningún momento tuvo la intención de hacer daño, sino que quiso exponer su caso para poner en antecedente al resto de las personas. “La idea es que los clientes tomen conciencia de la importancia que tiene la privacidad y que los dueños de las tiendas, respeten eso. Hay que tener cuidado, este es un tema muy delicado”, puntualizó.

Cabe señalar que BioBioChile intentó comunicarse reiteradamente con tienda Paris para obtener más detalles, pero desde la empresa no quisieron referirse de forma pública al tema.

No es la primera vez

Pese al desmentido realizado por la multitienda, no es la primera vez que se ven envueltos en una denuncia de este tipo. En agosto de 2006, Paris fue demandado por tres trabajadores, quienes declararon haber sido grabados ilegalmente en los vestidores y baños del local comercial en La Serena, en una práctica que pretendía evitar los hurtos.

En dicha instancia y según lo consignado por Emol, la Corte Suprema ratificó el 11 de octubre de 2011, que la empresa pagara $75 millones a los tres afectados que fueron grabados.

“Acreditada la instalación de una cámara en los vestidores de las dependencias de Paris S.A. cabe determinar si incurrió la demandada en una acción dolosa o culposa, concluyendo el sentenciador que el hecho de ser objeto de vigilancia y grabación en instantes en que se desarrollan actividades íntimas y privadas como mudarse de ropa, desvestirse o la simple realización de las necesidades fisiológicas, causa un natural menoscabo y aflicción que las víctimas no tenían por qué padecer”, indicaba el fallo.

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