El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, dictó sentencia en dos procesos por violaciones a los derechos humanos, cometidos por miembros en retiro de la Armada y ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).

En el primer caso, el magistrado dictó sentencia por las torturas aplicadas por miembros de la Armada, actualmente en retiro, en contra de Haydeé Oberreuter Umazabal, ilícito perpetrado entre diciembre de 1975 y febrero de 1976, en el denominado cuartel Silva Palma.

En la resolución, el ministro Llanos condenó por su responsabilidad en los tormentos aplicados a la mujer, a los ex miembros de la marina Juan de Dios Reyes Basaur, Juan Jorquera Terraza y Valentín Riquelme Villalobos, a penas de 4 años de presidio sin beneficios.

En el aspecto civil, acogió la demanda en contra del fisco, ordenando pagar la suma de $80.000.000 a la víctima por la responsabilidad de agentes del Estado en la comisión del delito.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación, el ministro Llanos logró acreditar que “al cuartel “Silva Palma” de la Armada de Chile, que antes del 11 de septiembre de 1973 estaba destinado exclusivamente a la detención de funcionarios de la Armada inculpados por delitos castrenses, comenzaron a llegar detenidos políticos, producto de las investigaciones realizadas por los equipos de Inteligencia de la denominada Sicajsi y, posteriormente, del CIRE, instalados en la Academia de Guerra Naval”.

“En este lugar eran mantenidos en celdas y diariamente interrogados y sometidos a apremios físicos y psíquicos de distinta naturaleza por Infantes de Marina que dependían de las órdenes de sus superiores (…) Ordenaron algunos y ejecutaron otros capturas de personas militantes o afines a partidos políticos o movimientos de izquierda, a quienes encerraron ilegalmente en dicho lugar, doblegándolos bajo tormentos físicos de variada índole con el objeto de hacerlos entregar información sobre otras personas de la izquierda política, para también aprehenderlas”.

En el segundo caso, el magistrado dictó sentencia en la investigación por los secuestros calificados de Artemio Gutiérrez Ávila, Francisco Fuentealba Fuentealba y Abundio Contreras González, cometidos entre el 13 y 14 de julio de 1974, y quienes fueron recluidos en el recinto de detención clandestino de Londres 38.

En ésta, el ministro Llanos condena como responsables en los ilícitos a los ex integrantes de la DINA Manuel Contreras Sepúlveda, Miguel Krassnoff Martchenko y Marcelo Moren Brito, a penas de 20 años de presidio. Además, a Basclay Zapata Reyes a 15 años y un día de presidio.

En el aspecto civil, se ordenó al fisco pagar la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Sergio Gutiérrez Ávila –hijo de Artemio Gutiérrez–; $100.000.000 (cien millones de pesos) a Pablo Contreras Guzmán –hijo de Abundio Contreras–, y $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a los hermanos de Abundio Contreras: Héctor y Julia Contreras González.