El presidente de la Asociación de Bancos, Jorge Awad, cuestionó que el Ministerio de Economía no haya presentado aún un texto definitivo de reglamento para la celebración de contratos de servicios financieros.

El representante de la banca recordó que la cartera que encabeza Luis Felipe Céspedes puso hace tres meses en consulta pública la propuesta de un nuevo reglamento sobre medios y condiciones, a través de los cuales se manifiesta la aceptación del consumidor para la celebración, modificación o término de contratos de adhesión de productos y servicios financieros.

Awad dijo que resulta inexplicable que el Ministerio de Economía no presente un texto definitivo de reglamento y que sólo se limite a responder preguntas redactadas por dicho ministerio, comunicando que “el texto definitivo del reglamento está siendo trabajado al interior del Gobierno y será revelado próximamente”.

Los temas que estaban y siguen pendientes, explicó el presidente de la Asociación de Bancos, dicen relación con el reconocimiento y requisitos de la manifestación de voluntad tácita por parte del consumidor, mientras que la segunda materia se refiere a la posibilidad de los proveedores de poner término unilateralmente a los contratos de duración indefinida.

Awad recordó que la derogación, en abril del año pasado, de las normas de la SBIF “dejó a la industria bancaria en una situación de incertidumbre jurídica y de vacío regulatorio sin precedente”, pues se llevó a cabo dicha acción “sin precaver ni considerar la dictación de una normativa de reemplazo”, precisó.

Cabe mencionar que las normas de SBIF establecían, entre otras cosas, los criterios concernientes al procedimiento para la proposición y aceptación de modificaciones a los contratos celebrados entre las instituciones financieras y sus clientes.

El presidente de la Asociación de Bancos agregó que “las respuestas entregadas por el Ministerio de Economía no resuelven el actual problema de incertidumbre jurídica” y que mientras ello no ocurra se arriesga que los más de veinte millones de contratos sobre productos financieros se mantengan congelados de facto. “Esta radical incertidumbre jurídica perjudica principalmente a nuestros clientes”, sentenció.

Respecto a la facultad de poner término a los contratos de duración indefinida en el caso de que el consumidor rechace o no se pronuncie frente a la propuesta de modificación de contrato que le efectúe el proveedor, Awad informó que el Ministerio de Economía señaló que no corresponde que dicha materia sea regulada mediante un reglamento.

“La conclusión del Ministerio de Economía no puede sino entenderse como un reconocimiento a las normas del derecho común en materia de terminación de contratos, conforme a las cuales, los contratos de duración indefinida siempre llevan implícita la facultad de cualquiera de las partes de ponerles término, incluso sin necesidad de expresar causa. De sostenerse lo contrario, estaríamos en presencia de una limitación inaceptable a la libertad de las partes y, en definitiva, de una vulneración al orden público económico”, manifestó.