En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal de país confirmó el rechazo de un recurso de protección interpuesto a favor del Machi Celestino Córdova Tránsito, condenado a 18 años de cárcel por el incendio que le quitó la vida al matrimonio Luchsinger Mackay.

Dicha acción era en contra de la decisión de Gendarmería, que impidió su traslado desde el cárcel de Temuco donde cumple condena, hasta el Centro de Educación y Trabajo –CET– de Vilcún, lo que el 24 de julio pasado fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Temuco.

La defensa de Córdova argumentó que su internación afectaba la cosmovisión mapuche y sus derechos humanos, situación que fue rechazada por la Corte de Temuco y ahora ratificada por la Corte Suprema.

En efecto, la resolución consigna que “no existe perturbación o amenaza a los derechos y garantías constitucionales invocadas en el presente recurso, esto es los del numeral 1º derecho a la vida, del numeral 2º igualdad ante la ley y del número 6º la libertad de conciencia, estipulados en la Constitución Política de la República de Chile”.