La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de los niños y niñas de la Escuela de Temucuicui, quienes habrían sido víctimas de violento actuar policial estando en dependencias del recinto educativo.

La acción testimonia que durante la mañana del 22 de mayo del presente año, las apoderadas y alumnos de la Escuela Municipal G – 816 de Temucuicui se encontraban en las dependencias del recinto escolar para participar de una reunión, cuando tanquetas y vehículos blindados de Carabineros de Chile irrumpieron en el lugar.

Tras ello, señala, la directiva del centro de padres de la Escuela solicitó explicaciones a la policía uniformada allí apostada, la cual respondió con gases lacrimógenos, afectando a 42 niños, además de las apoderadas.

Al respecto, sobre el actuar de los efectivos policiales, el fallo de la Corte expresó que “la ilegalidad de la conducta desplegada por Carabineros se manifiesta en la excesiva y desproporcionada fuerza empleada por el personal policial al utilizar injustificadamente gases lacrimógenos”.

“La actuación del personal policial se encuentra alejada de lo que establece el protocolo de medios disuasivos de Carabineros de Chile en los procedimientos de control del orden público”, agrega.

En el dictamen, la Corte de Temuco añade que “dichas actuaciones provocaron un evidente detrimento a la libertad personal y seguridad individual de los niños y niñas individualizados en el recurso, quienes vivieron la situación con temor, rabia incertidumbre y vulnerabilidad, encontrándose expuestos frecuentemente, casi como rutina diaria, a la posibilidad de sufrir allanamientos como el descrito, lo que provoca en ellos una naturalización de los hechos que puede llegar a ocultar el daño individual del que puedan ser víctimas, y por ende sufrir una afectación psicológica”.

De esta manera, la Corte mandató a la Prefectura de Carabineros de Malleco a “efectuar los procedimientos policiales con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, teniendo una especial consideración en cuanto a los medios de disuasión que se utilicen para controlar a grupos de personas que provoquen desórdenes, y en especial en las cercanías de establecimientos educacionales donde puedan haber niños y niñas”.