La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad presentado en contra de una sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, por considerar que personal de Carabineros excedió sus atribuciones legales al ingresar a una vivienda.

Cabe recordar que en el operativo, Carabineros sólo tenía autorización para ingresar a un taller mecánico aledaño, ubicado en el mismo domicilio donde fue encontrada una escopeta. Por lo que el máximo Tribunal determinó que la policía excedió sus atribuciones.

La Segunda Sala, integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas, acogió la solicitud y anuló la sentencia que condenó Manuel Cruz Peña a 3 años y un día de presidio efectivo, como autor del delito consumado de tenencia de arma de fuego prohibida.

Al acoger el recurso de nulidad presentado por la Defensoría Penal Pública, se invalida la sentencia dictada el 9 de junio pasado, y ordena realizar un nuevo juicio, excluyendo testimonios y la prueba material, el arma de fuego artesanal.

A diferencia del fallo de la Suprema, el ministro Brito, quien votó en contra, consideró que el encuentro de la escopeta debe considerarse como un hallazgo impensado y en flagrancia, por lo que no se requería de autorización judicial previa para proceder a su incautación.