Este jueves la Comisión Disciplinaria de la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) dio a conocer su veredicto del ‘caso Luis Suárez’.

Recordemos que el delantero de la selección de Uruguay fue captado por las cámaras de televisión mordiendo al defensor italiano Giorgio Chiellini, motivo por el cual se le abrió un expediente, pese a que el árbitro del duelo no lo castigó.

En este sentido, hay que indicar que el fallo del tribunal contra Suárez fue ejemplificador: 9 encuentros de suspensión por Uruguay y cuatro meses de inactividad deportiva.

Pero además, llama la atención que el atacante ni siquiera podrá ingresar a los estadios mientras dure su sanción, como expresa la resolución.

En la misma línea, el delantero del Liverpool deberá pagar 100 000 CHF (61 millones de pesos aproximadamente).

“No se puede tolerar este tipo de comportamiento en un terreno de juego, especialmente durante la Copa Mundial de la FIFA”, concluye el veredicto.

A continuación, te invitamos a revisar la resolución publicada por la FIFA.

· Se considera culpable al futbolista Luis Suárez de haber violado el art. 48, apdo. 1d del Código Disciplinario de la FIFA (CDF) al agredir a otro jugador, y el art. 57 del CDF por haber cometido una ofensa a la deportividad contra otro jugador.

· Se suspende al jugador Luis Suárez por nueve (9) partidos oficiales. El primer partido al que se aplicará la sanción será el próximo encuentro de la Copa Mundial de la FIFA™ entre Colombia y Uruguay, que se disputará el 28 de junio. En virtud del art. 38, apdo. 2a del CDF, el resto de la sanción se aplicará a los siguientes partidos de Uruguay en el Mundial si esta selección sigue avanzando en el torneo o a los siguientes partidos oficiales de la selección uruguaya.

· De acuerdo con el art. 22 del CDF, durante cuatro (4) meses, se le prohíbe a Luis Suárez ejercer cualquier clase de actividad relacionada con el futbol (administrativa, deportiva o de otra clase).

· De acuerdo con el art. 21 del CDF, se prohíbe asimismo a Luis Suárez entrar en los recintos de todos los estadios durante el periodo de duración de la prohibición (v. punto 3). El jugador tampoco podrá entrar en los recintos del estadio en el que la selección uruguaya dispute un encuentro mientras esté cumpliendo con los nueve partidos de suspensión (v. punto 2).

· Además, se le impone una multa que asciende a 100 000 CHF.

La decisión se ha comunicado el jueves 26 de junio al jugador y a la Asociación Uruguaya de Fútbol.

“No se puede tolerar este tipo de comportamiento en un terreno de juego, especialmente durante la Copa Mundial de la FIFA™, cuando millones de personas tienen la vista puesta en los jugadores. La Comisión Disciplinaria ha tenido en cuenta todos los elementos del caso y el grado de culpabilidad de Luis Suárez de acuerdo con lo estipulado en el Código Disciplinario. La decisión ha entrado en vigor en el momento en el que se ha comunicado”, ha declarado Claudio Sulser, presidente de la Comisión Disciplinaria de la FIFA.