Esta semana el Tercer Tribunal Oral de Santiago decidió absolver a dos jóvenes que fueron expuestos en el programa “En Su Propia Trampa” de Canal 13, en un caso que a los ojos de la justicia dejó de manifiesto la vulnerabilidad de las “verdaderas víctimas” en estos casos.

Todo comenzó el 22 de octubre de 2013, cuando la estación emitió un capítulo del programa conducido por Emilio Sutherland en el que 3 jóvenes se encontraron con una escena llamativa: mientras caminaban por la población Juan Pablo II de Lo Barnechea se toparon con un vehículo estacionado, con la puerta abierta y las llaves puestas.

Tras ello los jóvenes, sin antecedentes penales, se fugaron a bordo del automóvil y luego dos de ellos fueron interceptados por Carabineros. Lo que no sabían, sin embargo, es que toda la escena formaba parte de un montaje del programa televisivo.

Al cabo de unos meses, se inició una acción judicial a cargo de los defensores Luis Gálvez y Gonzalo Charmín en defensa del par de jóvenes, la cual devino en el veredicto absolutorio unánime del citado tribunal que señala que lo ocurrido fue un montaje en el que no hubo víctima -rol que en la pantalla jugó el editor de “ESPT”, César Pérez Maldonado- ni tampoco delito.

“Los hechos descritos no permiten configurar el delito de hurto simple, porque falta uno de los elementos del tipo penal, debido a que la apropiación no fue realizada en contra de la voluntad de su dueño (…) dicho acto tenía por objeto probar el sistema de seguridad del vehículo por una investigación para un programa periodístico (…), descartando de esta manera la imputación efectuada por el Ministerio Público”, señala el fallo.

En este sentido, el texto apunta a que los responsables del programa “querían que le sustrajeran el vehículo, para así poder grabar y registrar qué hacían los sujetos para sustraerlo y comprobar si los sistemas de seguridad del vehículo impedían la apropiación, por lo tanto, la sustracción no solo no fue contra la voluntad de la víctima, sino que fue consentida y además fue facilitada, por cuanto el vehículo estaba con las puertas abiertas con las llaves en su interior”.

Incluso, el fallo cuestiona a la supuesta víctima al señalar que “se debe dejar establecido que el proceso penal, no es un proceso disponible para las partes, que los habilite a crear y aparentar realidades con el fin de perseguir a los delincuentes, gastando recursos que son escasos, dejando a las verdaderas víctimas vulnerables por la falta de seguridad y la lentitud con que las policías llegan a socorrerlas. En este procedimiento se puso en movimiento todo el aparataje estatal, para perseguir un delito creado por una supuesta víctima que tampoco era tal, con un fin netamente periodístico”.

Luego de conocerse la resolución de la justicia uno de los defensores, Luis Gálvez, se mostró satisfecho y argumentó que la instancia crea un precedente ante los programas de TV que, a su juicio, violan sistemáticamente los derechos de los detenidos.

“En un acto de abierta discriminación, los profesionales de Canal 13 se dirigen a un sector muy vulnerable, como es la población Juan Pablo II, y con la burda operación de dejar un auto con las puertas abiertas y las llaves puestas, expusieron a jóvenes sin antecedentes penales, pero con la inmadurez propia de la adolescencia y en situación de riesgo social a cometer un delito para grabar una escena que beneficiaría su rating televisivo”, expresó según lo informado por El Mostrador.