¿Sabía usted que en Chile no todos los trabajadores tienen derecho a una huelga legal? Según disposiciones y pronunciamientos de la Contraloría, quienes se desempeñan en empresas de servicio de utilidad pública no pueden generar este tipo de movilizaciones. Esto podría cambiar, tras el anuncio de la seremi del Trabajo de la región de Valparaíso de el tema será abordado por la nueva administración de Gobierno.

Si bien en Chile los trabajadores tienen lo que se conoce como el “derecho a huelga”, existe una excepción que es poco conocida y que está contemplada en el articulo 384 del Código del Trabajo y en el artículo 19 número 16 inciso sexto de la Constitución, donde se indica que “no podrán declararse en huelga los funcionarios del Estado ni de las municipalidades. Tampoco podrán hacerlo las personas que trabajen en corporaciones o empresas, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública”.

Éste fue el principal argumento que esgrimió la administración anterior para indicar que las paralizaciones de los funcionarios públicos eran ilegales.

Pero no sólo los empleados fiscales no tienen derecho a huelga. En 2007, La Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios solicitó a la Controlaría un pronunciamiento respecto a las huelgas de sus trabajadores, tras lo cual el órgano contralor en el informe 37.849 apuntó que estas empresas sí deben ser consideradas como de servicio de utilidad pública y, por lo tanto, sus trabajadores no pueden declararse en huelga.

A propósito de los 18 despidos de la Sanitaria Esval ocurridos recientemente, donde algunos funcionarios manifestaron su preocupación y alertaron que no podían tomar otras acciones como una paralización debido a estos decretos, la seremi del Trabajo de Valparaíso, Karen Medina, dijo que éste es un tema que será revisado y abordado por el Gobierno.

La autoridad regional agregó que esos cambios deben ser generados precisamente para que los trabajadores tengan la posibilidad de expresar las molestias cuando sienten que son vulnerados sus derechos.

Para la vicepresidenta regional de la ANEF, Mabel Zúñiga, la situación de los empleadores de empresas que son consideradas de servicio de utilidad pública y que se les niega el derecho a huelga, es una tremenda injusticia que hay que cambiar.

Zúñiga añadió que la importancia de este anuncio hecho por la autoridad regional se centra en que el programa de Gobierno de Michelle Bachelet no contemplaba temáticas en torno al Código del Trabajo, o al estatuto administrativo, particularmente sobre el derecho a huelga.

Sin embargo, y aunque la seremi del Trabajo no especificó si sus declaraciones y la apertura al debate sobre el derecho a movilizarse se amplía también a los funcionarios públicos, Mabel Zúñiga valoró el anuncio, el que aseguró será exigido al momento de generarse algún tipo de movilización.

Ésta es la ultima modificación a la lista que califica a empresas o establecimientos que se encuentran en alguna de las situaciones previstas por el artículo 384 del Código del Trabajo, y que por ende sus empleados no tendrían derecho a huelga en Chile, documento emanado por el Ministerio de Economía y publicado en el Diario Oficial el 31 de julio de 2013.