Dos ciudadanos bolivianos, provenientes de Santa Cruz, fueron condenados como autores del tráfico de 870 gramos de clorhidrato de cocaína. Uno de ellos llevaba 70 ovoides con la droga en su estómago, y el otro era uno de los propietarios de la droga y debía custodiar el envío, avisando al proveedor cuando llegaran a la capital de la Región de Tarapacá.

De acuerdo a lo probado en el juicio oral por el fiscal Hardy Torres, el 29 de mayo del año pasado, alrededor de las 12:30 horas, funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) efectuaban controles migratorios en el complejo fronterizo de Colchane, cuando fiscalizaron al acusado José Antonio Alba Fernández, que viajaba a bordo de un bus de la empresa Jet Nort, en trayecto desde Bolivia hasta Iquique, y quien accedió voluntariamente a someterse a exámenes corporales radiológicos, hallando en su estómago cuerpos extraños y reconociendo que transportaba 70 ovoides contenedores de 870 gramos de clorhidrato de cocaína.

El imputado indicó en ese momento que el acusado Nilson Ascarrunz Hoyos lo acompañaba en el viaje y era uno de los propietarios de la droga, debía supervisar el viaje y recibir la sustancia en Iquique.

En el juicio oral, la Fiscalía presentó las declaraciones de los funcionarios de la PDI que detuvieron a los acusados, comprobando que ambos tenían pasajes con números correlativos y provenían de la misma ciudad. Además, presentó prueba documental sobre una condena anterior que tenía Ascarrunz Hoyos por otro delito de tráfico.

Terminado el juicio, el Tribunal Oral en lo Penal condenó a Nilson Ascarrunz Hoyos a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes.

Por el mismo ilícito, pero considerando que le beneficiaban las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos, fue condenado José Antonio Alba Fernández a la pena de 4 años de presidio, sustituyéndole la pena por la expulsión del territorio nacional.