La Confederación Nacional de Funcionarios de Salud Municipalizada (Confusam) pidió este domingo que los resultados que arroje la comisión de expertos encargada de investigar los efectos del timerosal en las vacunas, se adopten de forma vinculante “anteponiendo a las legítimas consideraciones de índole política y/o de carácter económico, los indudablemente superiores intereses de la salud pública”.

La organización valoró el envío al Congreso de un veto presidencial a la Ley que prohíbe el uso de vacunas que contengan timerosal. “Sin dejar por cierto de criticar la ambigüedad del Ministerio de Salud durante la discusión del proyecto de ley que originalmente patrocinó modificando posteriormente su postura, la Confusam considera que la presentación del recurso del Ejecutivo crea una oportunidad que el país no debe desaprovechar”, expusieron en un comunicado.

“Sobre el particular, nadie puede poner en duda el derecho de las familias a tener la mayor certeza posible respecto de los riesgos que supone una acción sanitaria como la vacunación pero, siendo ello razonable, no es posible, sobre la base de una asociación no demostrada fehacientemente entre timerosal y autismo, poner en cuestión la implementación de la política sanitaria pública más exitosa a nivel mundial y que, en el caso de Chile, nos ha permitido hoy por hoy gozar de niveles de salud propios de países del así llamado primer mundo”.

“Lamentablemente, el manejo carente a nuestro juicio de la necesaria rigurosidad científica de parte de las autoridades que aprobaron la iniciativa legal, puso un manto de duda sobre la vacunación aplicada en el país y, de no corregir el daño, las consecuencias sobre la salud de la población podrían ser sumamente complejas”, advirtieron.

Aprovechando la oportunidad que genera el envío del veto presidencial y valorando la positiva acogida a su propuesta de crear una comisión de expertos que se pronuncie sobre el vínculo o no del timerosal-autismo, la Confusam llamó a las autoridades “a que las conclusiones de dicha comisión tengan carácter vinculante en el momento de la votación del veto en cuestión, anteponiendo a las legítimas consideraciones de índole política y/o de carácter económico, los indudablemente superiores intereses de la salud pública”.