A 10 años y un día de cárcel fue condenado un matrimonio que conformaba una red de narcotraficantes que operaba en la capital de la región del Maule.

De acuerdo a los antecedentes, hace sólo unos meses Eduardo Carrera Maureira, de 48 años, y Yasna González Bravo de 39, habían salido de la cárcel tras una condena por un delito similar. Al recuperar la libertad decidieron dejar Talca y se fueron a vivir a Santiago, donde retomaron sus operaciones ilegales y comenzaron a armar una red dedicada a la compra y venta de drogas.

El Ministerio Público y la Brigada Antinarcóticos de la PDI estaban tras sus pasos y el 27 de febrero del año pasado, cuando ambos regresaron a la capital maulina, fueron detenidos. En ese momento portaban contenedores de cocaína base, unos 300 gramos, listos para ser vendidos a traficantes y adictos en el sector norte talquino.

Desde esa fecha, Eduardo y Yasna están en prisión preventiva y lo seguirán por otros años más, ya que fueron condenados en un juicio oral, donde el fiscal Ángel Ávila presentó pruebas en su contra.

El persecutor afirmó que “ellos movilizaban rápidamente la droga y la repartían entre diversos proveedores con el objeto de evitar el contacto con la policía, ya que se trata de personas conocidas por la policía. Ellos fueron detenidos cuando venían a efectuar una entrega. Gracias a informantes se logra interceptar al matrimonio en una población donde se trasladaban en un vehículo de alquiler y son sorprendidos transportando ambos la pasta base de cocaína, teléfonos y dinero distribuido en billetes de inferior denominación”.

Agregó que “los jueces estimaron como suficientes los elementos presentados como para confirmar que existía el delito de tráfico ilícito de droga. Se trata en consecuencia de proveedores de microtraficantes de Talca, que traían la droga desde Santiago y aquí la repartían”.

En el juicio oral ambos fueron condenados a cumplir la pena de 10 años y un día de cárcel como autores del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, contemplado en la ley 20.000, y al pago en total de 21 Unidades Tributarias Mensuales en beneficio fiscal, sin la posibilidad de optar a ningún tipo de beneficio, por lo que deberán cumplir de manera efectiva las penas impuestas.