El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Juan Muñoz Pardo, decretó la audiencia de conciliación en el caso de la demanda contra el Arzobispado de Santiago, presentada por las víctimas de abusos sexuales del ex párroco Fernando Karadima.

La diligencia judicial, obligatoria en todo proceso civil, ya fue notificada a los demandantes, el médico James Hamilton, el periodista Juan Carlos Cruz y el presidente de la Fundación para la Confianza, José Andrés Murillo.

El 3 de septiembre de este año, los ex fieles de la Iglesia El Bosque interpusieron una demanda contra el Arzobispado de Santiago, exigiendo el pago de 450 millones de pesos, por la presunta responsabilidad de la Iglesia por los abusos sexuales que sufrieron a manos de Karadima.

La situación ilícita fue confirmada por una sentencia penal canónica, de noviembre del 2010, que condenó al religioso por “abusos sexuales y de poder” con la prohibición perpetua del ejercicio público de sacerdocio, situación ratificada por los tribunales de justicia que tuvieron que aplicar la prescripción.

El ministro Muñoz explicó a Radio Bío Bío que la fecha de la audiencia de conciliación entre las partes será de responsabilidad de los demandantes, ya que son los encargados de notificar al Arzobispado con un receptor judicial.

El juez, en agosto de este año, le tomó declaración a Karadima en el lugar donde se encuentra recluido, luego que El Vaticano lo condenara además, a una “vida de oración” por los delitos sexuales cometidos, en el convento de las Siervas de Jesús de la Caridad, en Providencia.

El abogado que elaboró esta demanda y que representa a las víctimas, Juan Pablo Hermosilla, en conversación con La Radio, manifestó que es muy poco probable que se llegue a una conciliación con el Arzobispado de Santiago.

A la audiencia de conciliación sólo concurren los abogados habilitados en la causa, es decir, Hermosilla por los demandantes y José María Eyzaguirre en representación de la Iglesia.

Este último jurista, el 3 de octubre, respondió en tribunales la demanda civil en un escrito de 39 páginas, donde aseguró que la acción que los afecta no tiene fundamento conforme a derecho, por lo que la Iglesia de Santiago no tendría responsabilidad civil en el caso.

“Como en todos los casos de abusos sexuales, quienes investigaban los hechos y debían juzgar acerca de su verosimilitud, enfrentaron la compleja situación que, por las circunstancias ordinarias en que son cometidos estos delitos, originalmente no hay más antecedentes que la palabra de la supuesta víctima contra la del acusado”, dice este texto, donde además se explica que el sacerdote no puede ser juzgado ante la justicia ordinaria.