La Corte de Apelaciones Santiago, ordenó a la empresa Pizarreño a cancelar 350 millones de pesos como indemnización a un habitante de una población aledaña a la fábrica, quien desarrolló una grave enfermedad tras inhalar asbesto por casi 20 años.

Con esta medida las ministras de la Octava Sala del tribunal de alzada Adelita Ravanales, María Eugenia Campo y el abogado integrante Héctor Mery, ratificaron la resolución de la justicia que condenó, el 31 de enero de 2011, a la empresa Pizarreño a indemnizar a Manuel Elgueta Ariztía, por su responsabilidad en el desarrollo una mesotelioma epitelial anaplásico de pulmón, al estar expuesto constantemente a sustancias tóxicas emanadas de la empresa.

Los elementos considerados en este caso es que si bien la empresa adoptó medidas paliativas, para evitar el daño provocado por estas sustancias, pero estas se limitaron al interior de las instalaciones de la empresa y su personal, no existe ningún antecedente de que estas medidas se hayan extendido para las familias que se encontraban cercanas a la fábrica, sostiene el fallo.