La Corte Suprema ordenó a la municipalidad de Lago Ranco devolver el Parque Alfonso Brandt a la familia que arrendaba el predio, por incumplimiento contractual. Según el Máximo Tribunal, el municipio permitió que un tercero se adueñara de una porción del recinto.

La Corte Suprema de Justicia confirmó un fallo de primera instancia que sentenciaba al municipio ranquino a restituir la propiedad de 25 hectáreas arrendada a la demandante Armandina Brandt Vera, luego de establecer que un tercero regularizara un paño colindante y que incorporó unos tres mil metros cuadrados del parque, acto que constituye una “infracción grave de obligaciones contractuales”, según el Máximo Tribunal.

Esto porque el compromiso de arriendo del parque entre Alfonso Brandt Vera y el municipio, suscrito en 1972 por un tiempo de 90 años, versaba en mantener ese espacio como parque de recreo y con fines turísticos y no otros, como lo que ocurrió con la regularización practicada, bien raíz arrendado que se encontraría desmembrado, como lo explicó el abogado demandante, Carlos Fernández.

El alcalde Santiago Rosas lamentó lo que consideró una pérdida para la comunidad y el desarrollo turístico de Lago Ranco, asegurando que el parque siempre estuvo cautelado y que fue Bienes Nacionales el que consideró que parte del recinto pertenecía a otro particular.

El devenir del actual Parque Alfonso Brandt es desconocido, predio reconocido por Conaf y servicios dependientes del Ministerio de Economía para el desarrollo turístico de la cuenca del Lago Ranco. El jefe comunal indicó que no descarta conversar con otros herederos ajenos a la demandante para que el municipio compre el predio y mantenerlo como ícono turístico regional.