La Suprema Corte de Justicia de México aceptó la demanda de un joven autista que reclama el derecho de decidir sobre su vida sin la intervención de un tutor, un caso inédito en México sobre las garantías de quienes padecen discapacidades intelectuales o psicosociales.

A sus 25 años de edad, Ricardo Adair Coronel, quien padece el síndrome de Asperger, contestó ante la máxima instancia de justicia mexicana su “estado de interdicción”, una figura jurídica que lo obliga a obtener autorización de un padre o tutor para ejercer derechos básicos como tener un empleo, una pareja sentimental o vivir solo.

Aunque la enfermedad de Ricardo causa dificultades para comunicarse e interactuar socialmente, no representa un retraso en el desarrollo cognitivo o del lenguaje.

El miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó “que el joven tenía razón en su demanda”, indica un comunicado de la institución.

Sin embargo, la concesión de la corte es limitada, pues un “juez deberá establecer qué tipo de actos puede realizar por sí sola la persona con discapacidad, y en qué otros requerirá de alguien que lo auxilie”.

“Lo que nosotros realmente queríamos era un apego fiel a la disposiciones del artículo 12 de la Convención” de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, que les otorga igualdad jurídica, dijo a la AFP la directora de la Confederación Mexicana de Organizaciones en Favor de las Personas con Discapacidad (CONFE), Raquel Jelinek.

“Eso nos llevaría a declarar inconstitucional el juicio de interdicción”, añadió la experta.

Pese a ello, Jalinek saludó la relevancia de esta decisión ya que es “la primera vez que una persona discapacitada rechaza su condición de interdicción” en México abriendo “la discusión del reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad intelectual”.

Un vocero de la SCJN confirmó a la AFP que se trata de un hecho inédito en México, pero no confirmó si también en América Latina.

La Suprema Corte, que por primera vez redactó su proyecto de sentencia en formato de “lectura fácil” para personas con discapacidad, decidió además que “cuando cambie o desaparezca la discapacidad, el estado de interdicción deberá modificarse para que sea un reflejo del estado físico y mental de la persona”.

Según las últimas cifras disponibles del oficial Instituto Nacional de Estadística y Geografía, México contaba con 5,7 millones de personas con algún tipo de discapacidad en 2010, lo que representaba 5,1% de la población.