De manera unánime la Primera Sala del Tribunal Oral de Copiapó determinó condenar a Pedro Cortés Véliz, de 42 años, por el delito frustrado de homicidio simple.

La corte de justicia desestimó la agravante de discriminación que buscó acreditar la Fiscalía de Chañaral y que se fundaba en el testimonio de testigos que declararon, que al momento del ataque a David Araya, el agresor hizo mención de la homosexualidad de la víctima.

Álvaro Pérez, fiscal a cargo de la causa, se mostró conforme con esta medida, pese que se descartó el aumento de la pena, que se pretendìa acreditando una agresión discriminatoria considerada en la llamada Ley Zamudio.

Para este martes se espera que se dicte la condena, que podría ir de los 3 años y un día a los 5 años y un día de presidio, por el delito de homicidio frustrado.