La Corte Suprema ratificó la condena al único responsable que determinó la investigación por el homicidio calificado de Luis Almonacid Arellano, ocurrido el 16 de septiembre de 1973 en Rancagua, caso que se reabrió luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolviera dejar sin efecto el proceso cerrado en la justicia militar por la aplicación de la Ley de Amnistía.

En fallo unánime, los ministros de la Sala Penal del máximo tribunal del país, Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas, y el abogado integrante Jorge Lagos rechazaron el recurso de casación en contra de la sentencia, que ratificó la pena de cinco años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, para el ex integrante de Carabineros, Raúl Neveu Cortesi.

Los jueces apuntaron a que “el fallo concluye que no existe alevosía en su primera vertiente (obrar a traición), porque la víctima no depositó confianza alguna en sus aprehensores ni acudió a entregarse voluntariamente confiando en su condición de policías. Respecto de la variante de obrar sobre seguro, la sentencia señala que los dos policías que van a practicar la detención y traslado de Almonacid no estaban concertados para matarlo, por lo que no es posible establecer una decisión previa de matar, ni siquiera una maquinación cercana”.

Recordemos que el 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a nuestro país, afirmando que “el Estado incumplió sus obligaciones derivadas de la Convención Americana de Derechos Humanos, y violó los derechos consagrados en dicho tratado”.

El juicio se inició en 1998, cuando la familia de la víctima presentó ante la Comisión Interamericana una denuncia por violación del derecho a las garantías judiciales, luego que los tribunales chilenos sobreseyeran el caso Almonacid, aplicando la amnistía.

Tras un extenso estudio, el organismo dictó diversas recomendaciones al Estado, las que no fueron cumplidas, razón por la cual demandó al país ante la Corte Interamericana.

El 29 de marzo de 2006, el tribunal de la OEA escuchó en Brasilia las posturas de Chile, de los demandantes y las versiones de los testigos de ambas partes. Sobre esto, la corte deliberó sobre el caso en su más reciente encuentro ordinario, que se desarrolló en Costa Rica entre el 18 y el 30 de septiembre de ese mismo año.