Una encuesta del Departamento de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de la Universidad Católica de Chile (Dictuc), realizada sobre una muestra de 2.139 hogares, detectó que el 9,5% de las viviendas sociales construidas entre 2007 y 2010 se encuentran bajo tenencia irregular y vacías, esta cifra proyectada a un universo de 94.793 casas o departamentos del país, equivale a 9.005 viviendas con uso irregular.

La encuesta, encargada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), establece por “vivienda irregular” el arriendo, préstamo o cesión, venta o transferencia informal y uso exclusivo con fines no habitacionales del inmueble social en cuestión. Las proyecciones del Dictuc también revelaron que las viviendas sociales que se encontraban vacías o deshabitadas llegaron al 1,5%, lo que corresponde a 1.422 inmuebles.

El Dictuc detectó cinco razones que serían las más relevantes para explicar la desocupación y ocupación irregular y, por tanto, el no uso de las viviendas por parte de los asignatarios: vulnerabilidad del sistema de selección; tamaño de la vivienda; tiempo de entrega de vivienda; rentabilidad de la vivienda y lejanía de servicios educacionales, de salud, comercio y transporte.

El ministro de Vivienda y Urbanismo, Rodrigo Pérez, recalcó que “estamos recurriendo, por un lado, a los tribunales de Justicia para la devolución de los subsidios y, por otro, estamos enviando un proyecto de ley al Congreso para recuperar las viviendas sociales y poder reasignarlas a familias vulnerables con real necesidad habitacional”.

A nivel regional, la encuesta realizada en 2012, reveló que en las regiones de O’Higgins y Maule las categorías de “vivienda irregular” y “vivienda vacía” llegan al 17,6% y 13,3%, los porcentajes más altos de todo el país, en tanto que los más bajos se encuentran en la Región de Los Ríos (donde no se registraron casos de irregularidad y viviendas vacías) y en la Región de Arica y Parinacota con un 2,5%.

El titular del Minvu recordó que en diciembre de 2010 se incluyó en el Decreto Supremo 174 la obligación de ocupar la vivienda por un plazo mínimo de cinco años y la prohibición de arrendarla por el mismo período. Asimismo, el ministro instruyó a los Serviu a presentar demandas civiles en contra de quienes hayan vulnerado tales restricciones y querellas criminales por presunto fraude al fisco ante la presunción de adulteración de la Ficha de Protección Social, documentos, informaciones, testimonios, o cualquier otro antecedente falso.