Un veredicto condenatorio sólo por el delito de cultivo ilegal de cannabis sativa, fue dictaminado por el magistrado osornino contra Álvaro Molina Pizarro, quien mantenía el proceso judicial en su contra acusado además de infracción al artículo 3ro de la Ley 20 mil que dice relación con el microtráfico de drogas.

El encausado fue detenido por oficiales de la Brigada de Antinarcóticos de la Policía de Investigaciones de Osorno en medio de un operativo carretero, siendo sorprendido portando 6,5 gramos de marihuana más dos bolsas con la misma sustancia.

Una de ellas contenía 165 gramos, mientras que la segunda, tras el pesaje, se determinó que contenía 91 gramos, cantidades que de haber sido dosificadas superaban las mil 200 unidades.

En aquella instancia a su vez, se encontraron 2 plantas del género cannabis, por lo que ante la flagrancia del delito el hombre fue conducido hasta dependencias del cuartel policial para la toma de declaración.

Tras ello fue posteriormente formalizado por microtráfico y consumo, según explicó el fiscal del caso, Rodrigo Oyarzún.

El condenado arriesga penas que van desde los 3 años y 1 día a los 10 años, a no ser que se acredite que la droga era para consumo personal y en un tiempo inmediato, para lo cual entraría a regir el artículo 50 que principalmente da cuenta de sanciones.

No obstante aquello, dijo el fiscal, al condenado le beneficia la atenuante del artículo 11 número 6 de irreprochable conducta anterior, a lo cual se podría sumar –tras ser invocada por el abogado defensor- el artículo 11 número 9 que dice relación con la colaboración sustancial durante todo el proceso judicial, lo que de considerarse permitiría la rebaja en un grado de condena, cuya sentencia oscila entre los 541 días y los 3 años de presidio.

La lectura de sentencia quedó pactada para este miércoles a las 15 horas en dependencias de la sala 1 del tribunal osornino.