Este viernes la Compañía Minera Nevada SpA, que subvenciona a la empresa Barrick Gold, fue sancionada por la Superintendencia del Medio Ambiente con una multa de 16 mil UTA, que corresponden a 8 mil millones de pesos, por irregularidades en el proyecto Pascua Lama.

Entre los incumplimientos por los que fue sancionada la empresa se encuentran las faltas a las condiciones fijadas en cuanto al manejo de las aguas; a normas de seguridad y control, entre otros.

Junto con la sanción, la empresa deberá acoger medidas urgentes, además de la paralización de sus actividades.

Esta multa a Minera Nevada es la primera que tramita la Superintendencia del Medio Ambiente, desde el inicio de sus actividades.

Cabe destacar que la multa puede ser revertida por la compañía mediante un recurso de reposición, que debe ser presentado dentro de cinco días disponibles ante la superintendencia. Como también, existe el reclamo de ilegalidad, disponible por 15 días, ante el Tribunal Ambiental.

Los cargos en virtud de los cuales se aplican las sanciones son los siguientes:

- El incumplimiento de las normas, condiciones y medidas establecidas en su RCA, la que fue clasificada como gravísima y por la cual se cursó una multa de 10.000 UTA. Éste se relaciona con no haber construido obras asociadas al sistema de manejo de aguas de contacto y no contacto, que debían estar implementadas en forma previa a las faenas de excavación.

- El incumplimiento de Resolución Exenta N° 107, que ordenó la adopción de medidas provisionales de corrección, seguridad y control. Este incumplimiento fue clasificado como grave y es objeto de una sanción de 3.500 UTA.

- El incumplimiento de Resolución Exenta N° 574 que requirió información a los titulares de RCA, calificado como grave, que derivó en una sanción de 500 UTA.

- El incumplimiento de Resolución Exenta N° 37, que dictó e instruyó norma de carácter general sobre entidades de inspección ambiental y validez de reportes. Este incumplimiento de carácter grave fue sancionado con 1.000 UTA.

- El incumplimiento del Requerimiento de Información solicitado en el Acta de Inspección Ambiental realizado por funcionarios de esta Superintendencia, fue calificado como grave y objeto de una multa de 1.000 UTA.

“Es importante recalcar que estamos realizando fiscalizaciones muy acuciosas. En este caso, la empresa presentó una autodenuncia, la cual no fue acogida porque nos encontramos con que los hechos descritos no eran precisos, verídicos ni comprobables. Además, existían otros incumplimientos por parte de Pascua Lama a su RCA, lo que dio inicio a este procedimiento sancionatorio”, declaró Monckeberg.