Finalmente y tras 11 años de proceso el ministro en Visita, Julio Miranda Lillo, dictó condena de primera instancia en la investigación por el secuestro calificado del sacerdote Miguel Woodward Iriberry, ocurrido pocos días después del 11 de septiembre de 1973.

De acuerdo a los antecedentes de la causa: el sacerdote Miguel Woodward Iriberry fue sacado de su domicilio en el cerro Placeres, luego fue llevado a la Universidad Federico Santa María y posteriormente a la Academia de Guerra Naval, sin orden administrativa o judicial que lo justificase.

Debido al grave estado de salud en que se encontraba el sacerdote, luego fue llevado al Buque Escuela Esmeralda donde según el proceso fue examinado por un médico, pero según familiares y amigos a bordo de la Dama Blanca fue torturado. Más tarde lo trasladaron al Hospital Naval donde se perdió su rastro.

En la investigación se determinó que existe una anotación en el registro de sepultación del Cementerio N° 3 de Playa Ancha, sin embargo, al realizarse una excavación en el lugar no se encontraron restos que acreditaran dicho antecedente, por lo que se consumó el delito de secuestro y se inició este sumario, que determinó que por la acción de encerrar o detener se causaron lesiones y la muerte de la víctima.

El ministro Miranda Lillo sentenció finalmente a los funcionarios de la Armada, al suboficial José Manuel García Reyes y al Sargento Primero Héctor Fernando Palomino López a 3 años y un día de presidio, pero con el beneficio de libertad vigilada.

Por su parte, el suboficial mayor Manuel Atilio Leiva Valdivieso fue absuelto por aplicación del artículo 10, Nº 1 del Código Penal, al determinarse su demencia.

En tanto, el suboficial Carlos Alberto Miño Muñoz, el teniente de la Armada Marcos Cristián Silva Bravo, el cabo segundo Guillermo Carlos Inostroza Opazo, suboficial Luis Francisco Pinda Figueroa y el suboficial mayor Bertalino Segundo Castillo Soto fueron todos absueltos por considerar que no tuvieron participación.

En el aspecto civil, el magistrado determinó que el Fisco debe pagar una indemnización de 50 millones de pesos a la hermana de la víctima, por concepto de daño moral.

Conocida la sentencia, Javier Rodríguez, de la Agrupación de Amigos del Sacerdote dijo que este era un fallo esperable, pero lo calificó como “irrisorio”.

Rodríguez dijo además que ya se está evaluando seguir a instancias superiores para esclarecer realmente lo ocurrido y anunció que se realizará próximamente una manifestación a las afueras del tribunal porteño.

La sentencia generó también reacciones en la embajada de Gran Bretaña, desde donde el propio embajador señaló que no es labor del Gobierno Británico comentar las decisiones del sistema judicial chileno.

No obstante, dijo, “pensamos que este fue un crimen de lesa humanidad muy grave contra un ciudadano inglés, que le ha causado por décadas un sufrimiento interminable a su familia”, comentó a Radio Bío Bío el embajador John Benjamin.

Finalmente el escrito también reconoce que “el tratamiento que Miguel recibió antes de su muerte no tiene justificación alguna. Independientemente de las creencias políticas que él hubiera tenido durante su vida, esto no justifica de modo alguno lo que le hicieron. El tratamiento que recibió fue brutal, cruel, irregular e indefendible”.