La Corte Suprema condenó a la Municipalidad de Concepción y a la empresa Bigmarketing a pagar una indemnización de 33 millones de pesos al propietario de un inmueble que resultó dañado con la caída de un letrero publicitario en 2006.

En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal rechazaron los recursos de casación y confirmaron el pago de la indemnización a Gerardo Alarcón Alarcón y su grupo familiar.

El fallo determina que la resolución de la Corte de Apelaciones se apegó a la ley al confirmar la sentencia del Tercer Juzgado Civil de Concepción, por la instalación irregular de un letrero de 12 metros de alto por 4 de ancho, que cayó durante un temporal, el 19 de abril de 2006.

Los jueces concluyeron que se configura una falta de servicio de la Municipalidad de Concepción, por no tomar medidas para la demolición de la estructura, pese a constatar en diciembre de 2005 la ilegalidad de la instalación y decretara su retiro en febrero de 2006, lo que habría evitado su caída el 19 de abril de ese año.

En cuanto a la responsabilidad de la Sociedad de Inversiones Bigmarketing, el fallo señala que los hechos dejan en evidencia el obrar ilícito de la sociedad, quien sin contar con permiso municipal alguno, instaló un letrero publicitario de grandes dimensiones, el que además tenía graves defectos en su construcción que permitieron que se precipitara sobre la casa de los demandantes.

Respecto al dueño del terreno donde se instaló el letrero, Manuel Flores Arias, se determinó que su actuar ilícito está constituido por haber permitido la construcción en su patio de una estructura que no contaba con autorización alguna, además de hacer caso omiso a las citaciones cursadas al Juzgado de Policía Local de Concepción y, especialmente, por no haber cumplido el plazo de 20 días desde su notificación para demoler el referido letrero.