Ya han pasado dos años desde que la ex rectora del Instituto San Martín -ISM- de Curicó, interpuso una denuncia en Fiscalía contra el sacerdote Francisco Carter por los cargos de abuso sexual contra un menor que estudiaba en dicho establecimiento.

En conversación con BioBioChile, el sacerdote Francisco Carter indicó que dentro de todo el revuelo ocasionado en la ciudad, el diputado Roberto León se ha destacado como uno de los principales actores que se pronuncian en su contra, siendo éste el primero en publicar la denuncia a través de su página de Twitter. “Él fue el primero en darlo a la luz pública, yo siento que lo hizo pensando en que iba a sacar dividendos políticos”, afirmó Carter.

En la ocasión, el religioso indicó que León se excedió con su derecho como diputado al molestarlo públicamente, motivo por el cual el religioso acusó al congresista en la Corte Suprema, por referirse a él como el sacerdote violador, comparándolo incluso con Karadima.

Además acusó que dentro del juicio, las pruebas presentadas han tenido intervención por parte de distintos profesionales, los que tendrían una estrecha relación con el diputado León. Agregando que, en los testimonios presentados han sido semejantes a las acusaciones de James Hamilton en contra de Karadima.

El sacerdote también se refirió a la ex rectora del ISM, Marcela Hormazábal, sobre la cual indicó que nunca se acercó a él antes de acusarlo y que “se dio el lujo de mentir de manera descarada”. Además, aseguró que los profesores que mostraban su apoyo lo hacían a escondidas, pues “la señora Marcela decía que el profesor que venía a verme a mi, era porque estaba en contra de ella”.

En lo que respecta al proceso judicial, la defensa presentó un recurso de nulidad a la Corte Suprema, en cuyo dossier de 300 páginas se alegan vicios de inconsticionalidad en el Fiscal durante el proceso investigativo, indicando que “él solo se dedicó a investigarme a mi, y no al muchacho (supuestamente abusado)”, agregando que en el proceso “él falló gravemente a lo indicado en el artículo 3° de la ley Constitucional del Ministerio Público, el que dice que él debía ser objetivo para investigar y determinar si el acusado es efectivamente culpable y, si no lo es, eximirlo, exculparlo o declararlo inocente”.

Los hechos por los cuales se juzgó al religioso se sitúan en el mes de noviembre del año 2007, en el Santuario El Carmen. El acusado habría realizado actos de significación sexual en contra de un menor que, en ese entonces, contaba con 12 años de edad y se desempeñaba como acólito. Además era su guía espiritual. Dichos actos consistirían en besos y tocaciones en el trasero del menor.

El segundo escenario donde el sacerdote habría concretado los actos sexuales en contra del menor corresponde a su domicilio particular, donde se investigan nuevas tocaciones, besos y masturbaciones del sacerdote en presencia del menor, y cuando la víctima contaba con 14 años de edad.