A 15 años de presidio efectivo mayor en su grado medio por el delito de violación reiterada, y 540 días por agresión con arma blanca con lesiones menos graves, fue sentenciado el osornino Luis Oyarzo Salgado de 44 años, quien fue catalogado como violador en serie y cuyo juicio se extendió por una semana.

En la lectura de sentencia, el magistrado informó que de los 5 delitos presentados por el Ministerio Público, junto a la abogada querellante, sólo lograron acreditar 4 y ante la falta de antecedentes de participación se ratificó la absolución sobre una agresión con resultado de lesiones de carácter grave.

El fiscal del caso Matías Montero, manifestó sentirse conforme con la sentencia, a pesar de que no se acogió su solicitud que era de 20 años de presidio efectivo sólo por las violaciones.

Por su parte, la abogada querellante del Centro de Atención a Víctimas Romina Bello, lamentó que en la audiencia no se acogiera la agravante que dice relación con la ignominia de los delitos de violación.

A pesar de todos los antecedentes probatorios exhibidos durante el juicio y que daban por acreditada la tesis de la fiscalía, en conversación con La Radio el defensor penal, Cristian Rozas, manifestó que se presentará el recurso ante la Corte de Apelaciones de Valdivia para la nulidad del juicio, ya que hay antecedentes que se consideraron al condenar a su representado y que no debían estar durante el proceso legal, aseguró.

Rozas entregó también detalles respecto a los puntos que debieron negarse en la audiencia de preparación de juicio oral, pero que el magistrado determinó acoger como antecedentes probatorios.

Cabe mencionar además que el imputado tenía condenas anteriores por robo con homicidio y por 6 abusos sexuales y 2 violaciones, delitos cometidos mientras cumplía condena con beneficios extracarcelarios.

Recordemos que a partir de ahora son 10 días continuos que tienen ambas partes para presentar el recurso ante el tribunal del alzada, decretándose posteriormente la audiencia en la que finalmente se resolverá si se acoge o se reitera el fallo judicial, ante lo cual la sentencia quedaría firme para su ejecución.