La Superintendencia de Educación de la región de Los Lagos aclaró que el uso del uniforme escolar al interior de los establecimientos no es obligatorio. Esto a partir de una denuncia hecha por padres que dieron cuenta que a sus hijos se les prohíbe el uso de parcas que no sean las institucionales.

La denuncia la realizó fuera de micrófono un grupo de apoderados de la escuela general básica N°2 República Argentina de Puerto Montt, quienes señalaron que los inspectores del recinto ordenan a los alumnos tras su ingreso que se saquen las parcas no corporativas, en privilegio de quienes sí las usan. Para ellos, se trata abiertamente de un descriterio, ya que dada las bajas temperaturas los niños deben usarlas sí o sí, pese a que no sean las oficiales.

Consultado por La Radio, el director de la escuela, José Igor Oyarzo, señaló que de común acuerdo con la comunidad educativa se definió el uso de una parca institucional, junto con el resto de la vestimenta del establecimiento. Por eso le parece extraña dicha denuncia, aunque ordenará revisar lo denunciado, dijo.

Al respecto, el superintendente subrrogante regional de Educación, José Rogel, recordó que por normativa en Chile no se puede obligar el uso de vestimentas corporativas al interior de los establecimientos, incluidos los particulares pagados.

Aclaró que, de común acuerdo con la comunidad educativa, se establece el uso de prendas institucionales para otorgarle identidad a los planteles educativos, fijándose un plazo de 150 días para cumplir con este acuerdo.

Pese a esto, una vez vencido este plazo, no procede la obligatoriedad, catalogando el caso puntual de la denuncia como “un atentado a la salud de la población escolar”.

Agregó que en el caso de recepcionar denuncias formales por este tipo de situaciones, la Superintendencia puede multar a los establecimientos infractores hasta en 40 UTM, vale decir, hasta en un millón 600 mil pesos.