Un informe psicosocial ordenó el Juzgado de Familia de Talcahuano en el caso de la madre que se negaba al suministro de vacunas para su hija de ocho meses.

La resolución la dictó el tribunal de primera instancia, al cumplir con el fallo de la Corte Suprema que no sólo decretó la inoculación perentoria de la bebé, sino también el análisis de una eventual medida de protección ante la posibilidad de que Desirée Becerra haya vulnerado otros derechos de su hija.

El caso hizo noticia hace un par de semanas cuando el máximo tribunal del país dio la razón al Servicio de Salud del puerto, que había recurrido en contra de la negativa de la joven Desirée Becerra, de permitir la vacunación de su hija lactante.

Entonces, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que calificó la postura de la madre como caprichosa y atentatoria al derecho a vida y la salud de la guagua.

Pero junto con ordenar la inoculación, también los ministros indicaron la necesidad de que se discutiera en el Juzgado de Familia la posible necesidad de alguna medida de protección en favor de la hija de la joven madre.

Lo discutido en el tribunal porteño este lunes fue explicado por la propia Desirée Becerra, tras concluir la audiencia judicial:

Para resolver la eventual medida de protección, un asistente social y un psicólogo se apersonarán en el hogar donde vive la joven con su hija, de forma de redactar un informe al Juzgado de Familia.

Paralelamente, según informó la madre, el Ministerio de Salud se comprometió a que antes de cumplir el fallo de la Corte Suprema y proceder a la vacunación de su hija entregarán los informes solicitados por ella.

La negativa de la mujer a a la inoculación se fundamentaba en que las vacunas podrían ser dañinas para la lactante:

Desde el Ministerio de Salud se indicó que efectivamente se va a revisar si no se respondieron las consultas realizadas por Desirée Becerra, invocando la Ley de Transparencia, y si es así, por qué ocurrió aquello.