Por considerarlos un peligro para la seguridad de la sociedad y afectar la credibilidad del sistema, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dispuso la prisión preventiva del ex presidente de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), Luis Eugenio Díaz, y de los ex rectores Héctor Zúñiga y Ángel Maulén, quienes fueron formalizados por los delitos de cohecho y lavado de dinero.

Recordemos que el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, el pasado sábado, los había dejado en libertad y sujetos a medidas cautelares de firma semanal y arraigo.

La Fiscalía Oriente apeló a la sentencia atendiendo la gravedad de la pena y los delitos que involucran a los mencionados imputados en las indagatorias por el lucro en las universidades.

En el fallo se pronunciaron los ministros Manuel Antonio Valderrama, Patricia González y la abogada integrante Paola Herrera.

En sus considerandos, la resolución establece:

1°. Que el Ministerio Público ha formalizado a los imputados Díaz, Maulén y Zúñiga por los delitos de cohecho, negociación incompatible, soborno, lavado de activos y revelación de secreto, según corresponda.

2°. Que esta Corte no discutirá la concurrencia de los requisitos previstos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, ello sin perjuicio de la calificación jurídica que, en definitiva, se le den a los hechos porque fueron formalizados en la sentencia que ha de recaer en la presente causa.

3°. Que, ahora bien, respecto de la letra c) de la citada disposición legal, esto es, la necesidad de cautela, estos jueces estiman que las conductas que se investigan en este proceso, y por las cuales han sido formalizados los imputados, afectan la credibilidad misma en el sistema de acreditación de las instituciones que aspiran a la formación de los alumnos de la educación superior, lo que consecuencialmente, provoca un grave daño a la institucionalidad vigente en esta materia, de modo que el carácter de los delitos, la forma y circunstancias en que ellos fueron cometidos y la pena asignada a los mismos, llevan a concluir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

Por estas consideraciones y conforme lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de 24 de noviembre de 2012, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago y en su lugar se declara que los imputados Héctor Randolfo Zúñiga Salinas, Ángel Custodio Maulén Ríos y Luis Eugenio Díaz Corvalán quedan sometidos a prisión preventiva.