Los abogados representantes de la Sociedad Concesionaria Autopista del Sol valoraron el fallo de la Corte Suprema que la eximió de una millonaria indemnización por la pedrada a un auto que hirió gravemente a una mujer.

Tal como lo resolvió la justicia -dicen los abogados en una declaración pública- “la sociedad concesionaria no es responsable de lo ocurrido a la señora Nancy Herraz”, quien el 29 de agosto del 2004 recibió en su rostro una pedrada lanzada por jóvenes desde la orilla de la ruta, en el ingreso a San Antonio.

Los juristas afirman que la empresa “no está en la obligación de cercar la autopista en toda su extensión y altura, de manera de impedir todo evento dañoso (..) aún de hacerlo, ello no impide la ocurrencia de otras modalidades de delito que pueden ocurrir dentro de la autopista y desde el exterior de la misma”.

La mujer presentó acciones legales contra la concesionaria, con el fin de obtener una reparación económica, sin embargo, el máximo tribunal de justicia estimó que Autopista del Sol no es responsable por falta de servicio, ya que a su juicio, son hechos ajenos al propio contrato de concesión de uso de la vía.