La Corte Suprema estableció el actuar ilegal y arbitrario de la PDI al mantener privado de libertad por 37 días a un ciudadano colombiano, quien fue expulsado del país por el Ministerio del Interior.

En fallo unánime (causa rol 4000-2012), los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Héctor Carreño, Haroldo Brito y el abogado integrante Guillermo Piedrabuena, acogieron la acción cautelar presentada a favor de Daniel Antonio García Marín.

El fallo determina que la PDI mantuvo ilegalmente privado de libertad a García Marín, vulnerando las normas que establece la Ley de Extranjería que sólo permite mantener la medida por 24 horas.

“En este cometido la Policía de Investigaciones de Chile tardó un tiempo excesivo, extendiéndose la privación de libertad del recurrente desde el día dieciséis de abril del año en curso hasta, al menos, el veintitrés de mayo pasado, esto es, 37 días de privación de libertad sólo para cumplirse una orden de expulsión, lo que se habría logrado aparentemente con la intervención de la judicatura a través de la orden dada al efecto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en su resolución de 8 de mayo de 2012 al Ministerio del Interior”, dice el fallo.

La resolución agrega: “La referida tardanza constituyó una indebida privación de la libertad personal del recurrente desde que esa gestión debió ser cumplida en el menor tiempo posible, evitando producir al detenido mayores perturbaciones que las propias de la medida ordenada”.

El recurso de amparo a favor de Daniel Antonio García Marín -pese a que durante su tramitación se concretó su expulsión del país- fue acogido “para el sólo efecto de declarar que la demora en la actuación de la Policía de Investigaciones fue ilegal y arbitraria en cuanto a la forma de proceder a la expulsión del país del referido ciudadano colombiano”, concluye el fallo.