Un empresario turístico de Pucón fue condenado por la justicia a cancelar 50 millones de pesos como autor del delito de estupro que cometió contra su hijastra. El fallo fue pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema.

Con fecha 20 de julio del 2005, Antonia Sepúlveda presentó querella criminal en contra de Eugenio Benavente Hormazábal por el delito de estupro ante el Juzgado de Garantía de Pucón. El 9 de agosto, la fiscalía de Villarrica formalizó la investigación en contra del empresario hotelero por el delito de estupro, interviniendo la hijastra del mismo en calidad de víctima.

El 16 de julio de 2006, el Juzgado de Garantía de Pucón dictó sentencia condenatoria en contra del dueño de las Termas de Menetúe, como autor del delito reiterado de estupro perpetrado en Pucón durante el primer trimestre del año 2002.

El 30 de agosto de 2006, Antonia Sepúlveda Navarro presentó una demanda de indemnización de perjuicios por daño moral, en contra de Eugenio Benavente Hormázabal ante el Juzgado de Letras de Pucón.

Los jueces consideraron que Eugenio Benavente ocasionó daño moral a su hijastra y concluyeron que se hace procedente la acción de indemnización de perjuicios y condenaron al empresario de Pucón a pagar a la joven, la suma de 50 millones de pesos por concepto de daño moral, con los reajustes, intereses y costas.