La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por comunidades indígenas en contra de la resolución que calificó favorablemente el estudio de impacto ambiental del proyecto denominado Parque Eólico de Chiloé.

En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Luis Bates, acogieron la acción cautelar presentado por la comunidad indígena Antu Lafquen de Huentetique.

Así, frenaron la construcción del Parque Eólico de Chiloé, de la empresa chileno-sueca Ecopower.

Esto, tras acoger un recurso de protección presentado por la Comunidad Indígena Antu Lafquen de Huentetique, en contra de una resolución que calificó de favorable el estudio de impacto ambiental del proyecto.

Los magistrados determinaron que al no consultar a la comunidad indígena sobre la millonaria instalación, hubo un actuar arbitrario de la comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos, que transgredió el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

El lonko de la comunidad, Orlando Llancán, destacó la revelancia del fallo.

En tanto, el dirigente de Acción Ecológica, Luis Mariano Rendón, señaló que espera que este hecho marque un precedente en otros temas ambientales.

Con este fallo, la Corte Suprema establece que se tendrá que realizar un nuevo estudio de impacto ambiental para el cuestionado proyecto, que implicaba una inversión de 235 millones de dólares.