El Tribunal Constitucional declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad de la condena por cuasidelito de homicidio, interpuesto por la defensa de los imputados de Alto Río por el colapso del edificio.

En unos meses el tribunal resolverá si cambia la modalidad de formalización contra 1 de los 8 imputados.

El recurso presentado al Tribunal Constitucional en diciembre pasado, por Alejandro Espinoza, el abogado de los 8 ejecutivos de Alto Río formalizados por el desplome de la torre en el terremoto, seguirá en tramitación luego que 3 de los 5 ministros de la Segunda Sala, lo declararan admisible tras escuchar los alegatos de los querellantes y la defensa en el caso.

Se trata de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, para el jefe de obras del edificio, José Luis Paredes. Con esto, la defensa del imputado, intenta evitar que se le condene por cuasidelito de homicio y lesiones graves, ya que según plantea, se está invocando normas que no figuran en la legislación chilena, por lo que sería una acusación inconstitucional.

Fernando Saenger, abogado defensor de las víctimas del desplome del edificio Alto Río, fue uno de los que alegó por la inadmisibilidad.

Luego que el requerimiento de la defensa de la plana mayor del colapsado edificio pasara la etapa de admisibilidad, lo que viene ahora será un proceso en que los querellantes de las víctimas respondan.

Después se dará paso a nuevos alegatos para que el Tribunal finalmente dicte sentencia en torno al recurso. Con esto, podría incluso llegar a modificarse la modalidad de la formalización del imputado, para no aplicar en el juicio la dispocisión en cuestión, sino otras normas del código penal.