La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado en contra de Carabineros de Chile por un operativo policial, donde se afectó a un menor de edad de la comunidad de Temucuicui, en la Región de La Araucanía.

En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y los abogados integrantes Domingo Hernández y Luis Bates, ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que había acogido la acción cautelar.

En primera instancia, la Corte de Apelaciones de Temuco había acogido la acción basada en la vulneración de los Derechos del Niño y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

“Aún cuando no se advierte otra arbitrariedad que la señalada en el motivo anterior, lo cierto es que las incursiones y operativos policiales en el interior de la Comunidad Temucuicui constituyen hechos públicos y notorios que, si bien se encuentran legitimados formalmente mediante el cumplimiento de los requisitos impuestos por el Código Procesal Penal, motivan el legítimo cuestionamiento de este Tribunal respecto de la necesidad de tales incursiones y de la racionalidad de los medios empleados para llevarlas a cabo”, argumentó el fallo en primera instancia, ratificado por la mayoría de la Sala Penal de la Corte Suprema.

La resolución se adoptó con el voto en contra de los abogados integrantes Hernández y Bates, quienes fueron partidarios de rechazar el recurso de amparo, basados en que el actuar de Carabineros se ajustó a la ley.