Con el pago de cinco millones de pesos en indemnización y una multa de 20 UTM (cerca de 780 mil pesos), fue multada la multitienda Corona en Osorno por haber infringido la ley del consumidor.

Nicasio Canipán, junto a su señora y sus dos hijos, domiciliados en el sector Tres Esteros, comuna de Río Negro, fueron a la tienda Corona a comprar ropa. Todo fue normal, pero al salir de la tienda el matrimonio se dio cuenta que sus hijos no iban junto a ellos.

Tras regresar se percataron que los jóvenes habían siendo acusados de robo, llevándoselos detenidos a una habitación de la multitienda, al tiempo que uno de ellos era insultado y obligado a desnudarse por uno de los guardias de seguridad.

Sin embargo, tras media hora, los guardias les señalaron a los jóvenes que se había tratado de un error. En ningún momento los funcionarios llamaron a Carabineros ni les informaron a los adolescentes qué productos supuestamente habían robado.

Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados por los guardias de la multitienda, la familia decidió exigirlos ante la Justicia, interponiendo una denuncia ante el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, información que confirmó a La Radio, el director regional del Sernac, Sebastián Fernández.

En el tribunal, la multitienda se defendió de las acusaciones y explicó que durante el hecho el guardia del recinto, quien estaba acompañado del supervisor de seguridad del local, actuó de acuerdo al protocolo de seguridad y que, incluso, había contado con la colaboración del menor, quien se revisó a sí mismo, encontrando un sensor de otra tienda.

Sin embargo, tras analizar los antecedentes, el tribunal rechazó la postura de la tienda, señalando que los guardias de seguridad sólo pueden actuar poniendo a disposición de las policías a quien se sorprenda cometiendo un delito flagrante, lo que en este caso no sucedió.

Asimismo, el tribunal consideró un informe de un psicólogo, quien señaló que el menor sufrió menoscabo en su dignidad al ser detenido, lo que le ocasionó problemas que han afectado su vida normal.

El Director Regional del Sernac, Sebastián Fernández, explicó que este fallo confirma una vez más que es la Ley del Consumidor la que establece las reglas y no las empresas, incluso respecto de las políticas de vigilancia. Y aprovechó de entregar recomendaciones ya que los responsables de la vigilancia en los establecimientos comerciales tienen la obligación de respetar la dignidad y derechos de las personas.

En este sentido la autoridad agregó que los consumidores pueden exigir las sanciones e indemnizaciones que correspondan ante Tribunales por los daños sufridos, tal como en este caso que ocurrió en 2009.