El manual que redactó el Gobierno establece los requisitos que deberán cumplir a contar del uno de julio del 2014, pues en esa fecha los recintos que no estén acreditados no podrán entregar prestaciones Auge.

Con el reglamento se estableció que a partir del 1 de julio de 2014 deberán estar acreditados todos los laboratorios y centros médicos ambulatorios para entregar prestaciones Auge.

El Estándar General de Acreditación para Laboratorios Clínicios, establece las condiciones mínimas de calidad que permiten garantizar la seguridad y calidad en la atención de las prestaciones, desde la toma de muestras hasta la entrega y notificación de resultados.

La Directora del Instituto de Salud Pública, ISP, María Teresa Valenzuela, explicó que el manual apunta a potenciar la calidad.

El subsecretario de Redes Asistenciales, Luis Castillo, dijo que se entregó el documento a todos los laboratorios del país, ya que apuntan a entregar una atención de calidad a los usuarios de salud pública y privada.

El presidente de la Asociación Chilena de Laboratorios Clínicos, Leonardo Rubio, explicó que deberán cumplir con el reglamento, pues de otra manera quedarán fuera del sistema, por lo que fue crítico ya que el costo para acreditarse es muy alto.

La estructura del estándar de acreditación de los laboratorios clínicos tiene 9 ámbitos y un total de 30 características, de las cuales 8 son obligatorias.

Entre los aspectos a evaluar se encuentran dignidad del paciente, gestión de calidad y procesos, acceso a la atención, competencias de recursos humanos, registros, seguridad de equipamiento y de instalaciones, además de servicios de apoyo, entre otros.