La Corte Suprema ratificó que el Banco Santander debe pagar una indemnización de $20.000.000 a un cliente que no se le respetaron las condiciones de un contrato de adquisición de crédito.

En fallo unánime los ministros de la Primera Sala del máximo tribunal -Adalis Oyarzún, Sergio Muñoz, Juan Araya, Carlos Künsemüller y Guillermo Silva- rechazaron el recurso de casación presentado por la entidad bancaria.

La resolución determina que no hay infracción en la decisión de la Corte de Apelaciones de Talca que acogió la demanda de indemnización de perjuicios a favor de Arturo Rojas Belmar.

“Que para un adecuado análisis de los errores de derecho denunciados por el recurrente, debe consignarse que las infracciones de las leyes reguladoras de la prueba, como lo ha reconocido reiteradamente esta Corte, se entienden vulneradas, fundamentalmente, cuando los sentenciadores invierten el onus probandi, rechazan las pruebas que la ley admite, aceptan las que la ley rechaza, desconocen el valor probatorio de las que se produjeron en el proceso cuando la ley le asigna uno determinado de carácter obligatorio o alteran el orden de precedencia que la ley le diere” dice el fallo.