En un fallo unánime la Tercera Sala de la Corte Suprema determinó que resulta ilegal la expulsión de un menor desde un establecimiento educacional por haber participado de la toma del colegio, tras acoger un recurso de protección.

Los ministros Pedro Pierry, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Jorge Lagos, estimaron que el Colegio Araucaria de Puente Alto incurrió en una ilegalidad al expulsar a un menor, a quien además se le imputó una supuesta agresión a otros compañeros que no querían el que el recinto fuera ocupado.

Los hechos ocurrieron el pasado 16 de junio y las autoridades educacionales habían resuelto que el joven -cuya identidad se resguarda- atacó al hijo de la apoderada Margarita Palma. Sin embargo, el máximo tribunal advirtió que a la luz de los antecedentes no es posible determinar la participación del adolescente en el hecho que fue denunciado también al Ministerio Público, que hasta ahora no ha formalizado cargos.

“Se ha establecido que la recurrida realizó el acto que se le atribuye, el que resultó ser ilegal y arbitrario y con el cual se conculca el legítimo ejercicio del derecho del alumno (…) a no ser juzgado por comisiones especiales, de acuerdo a los dispuesto en el Artículo 20 de la Constitución Política de la República”.