Las condiciones de compra del cuadro del pintor español Francisco Goya “La Condesa de Chinchón” por el estado español no violan el derecho a la propiedad, dictaminó el martes en Estrasburgo la Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH).

El fallo de la Corte de Estrasburgo responde a una demanda de los hermanos Luis, Carlos y Enrique Ruspoli Morenes, dueños del cuadro en el momento de la venta.

En diciembre de 1999, los hermanos Ruspoli Merenes informaron a la administración española que habían decidido vender el cuadro a compradores privados por la suma de 24 millones de euros, que debían se entregados a más tardar el 15 de marzo de 2000.

El 18 de enero de 2000, el ministro español de Educación y de Cultura ejerció su derecho de adquisición preferencial de un bien cultural en nombre del Estado español.

Pocos días después, los tres hermanos informaron a la administración que las condiciones de venta serían “idénticas a las que habían convenido con los compradores privados, a saber la entrega de la suma del precio en el momento de la entrega del cuadro” o, en caso de pago diferido, “el precio indexado a la inflación con los intereses legales correspondientes”.

Sin embargo, la administración española concretó el pago en dos entregas en enero y julio del 2001, sin actualizar el precio como lo pedían los vendedores, por lo cual recurrieron primero a la justicia española, que no falló en su favor, y luego a la europea.

En su fallo, la CEDH sostiene que la administración española respetó la ley y en la medida en que no está obligada a pagar “intereses de demora”.

El cuadro “La Condesa de Chinchón” pertenece al estado español desde el 17 de febrero de 2000 y está expuesto en el Museo del Prado de Madrid.