El Presidente de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Hernán Crisosto, precisó que el recurso aprobado por el tribunal que paraliza HidroAysén “no es un mero trámite administrativo”, como había señalado el jurista que representa a la empresa.

Recordemos que el abogado de la empresa HidroAysén, Mario Galindo, le restó relevancia al fallo, señalando que se trataba de un trámite judicial de tipo administrativo que no paraliza el proyecto energético, y que sólo se limitaba a iniciar el proceso de estudio de los recursos presentados.

Frente a esto, el presidente de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Hernán Crisosto, precisó que no es un trámite administrativo y que es un derecho que tienen las partes que presentan un recurso de protección; agregando que una vez comunicada la orden de no innovar a la Intendenta de Aysén, Pilar Cuevas, ella tiene la obligación de paralizar cualquier tramitación de la aprobación en el proyecto hidroeléctrico.

Finalmente el juez Crisosto señaló que respecto a los plazos para resolver el recurso de protección, estos son menores a lo que se puede demorar un juicio, por lo que espera que se realice en el breve plazo, dependiendo de la acción judicial que presenten los abogados de HidroAysén.