El proyecto sobre indulto general y otro que excluye a los menores de edad de la legislación sobre conductas terroristas, envió el Ejecutivo al Senado para su análisis.

En lo fundamental, se trata de un proyecto que busca precisar los últimos cambios que se hicieron a la Ley Antiterrorista, para evitar problemas de interpretación.

Tras la prolongada huelga de hambre de alrededor de 30 presos mapuche, el Gobierno comprometió mejorar los alcances de la Ley Antiterrorista. De esta forma, el 5 de octubre pasado, se promulgó la Ley que modifica disposiciones sobre conductas terroristas, para adecuar la legislación a los estándares internacionales existentes en la materia.

Durante la tramitación del proyecto se propuso establecer expresamente que a los menores de 18 años que incurrieran en conductas tipificadas como terroristas, se les aplicaría sólo la ley de responsabilidad penal juvenil, y no la Ley Sobre Conductas Terroristas, en atención a lo dispuesto en la Convención Sobre los Derechos del Niño, excluyendo de manera total a los adolescentes de la aplicación de la citada ley.

Sin embargo -según señala el mensaje del Ejecutivo- luego de su entrada en vigencia, producto de interpretaciones que no van en línea con la modificación que en este sentido se quiso impulsar, ésta última legislación se ha seguido invocando en casos en que se les imputa responsabilidad a los adolescentes por esta clase de conductas.

Es por ello, que la iniciativa que presentó al Senado plantea que la ley que determina conductas terroristas “no se aplicará a las conductas ejecutadas por personas menores de 18 años”.

Indulto general

En tanto, la Comisión de Constitución también deberá analizar el proyecto de indulto general que beneficie a mujeres que se encuentren condenadas; a condenados con beneficio de salida controlada; y a quienes cumplen condena con beneficio de reclusión nocturna.

El proyecto señala que el indulto general conmutativo será aplicable a las mujeres que hayan cumplido dos tercios de la pena, salvo aquellas que fueren madres de hijos menores de 2 años, en que se reduce por consideraciones humanitarias dicho requisito, bastándoles que resten 6 meses para que cumplan los dos tercios de su condena; y en ambos casos, sujeto siempre a que hayan observado conducta sobresaliente durante los tres últimos bimestres.

En tanto, para los condenados bajo régimen de salida controlada, se deben dar pruebas fehacientes de rehabilitación y reinserción, al punto que actualmente se encuentran sometidos a un sistema de control en que sólo concurren a pernoctar al establecimiento penitenciario.

La última modalidad de indulto, corresponde a quienes cumplen condena con reclusión nocturna en establecimientos de Gendarmería. Ellos deben estar condenados por delitos menores y que, atendido que su reclusión se realiza entre las 22:00 horas hasta las 6:00 horas del día siguiente, se encuentran libres durante todo el día, por lo que cualquier medida que se tome en relación con ellos no representa un verdadero riesgo para la seguridad ciudadana.

En el proyecto se contempla además que el beneficiado suscriba un compromiso de no volver a delinquir, pues la trasgresión de dicho compromiso durante los 5 años siguientes, pondrá al individuo en el deber de cumplir de manera efectiva, el saldo de pena que le hubiere sido indultada. Asimismo, deberá someterse a un período de control y observación a través de Gendarmería de Chile, por un período de cinco años.