La corte suprema en Santiago, rechazo un recurso de protección interpuesto contra el director Regional de Vialidad, Alvaro Alruíz por el grupo Pasmar, luego de que le fuera negada la posibilidad de hacer un túnel peatonal en el nuevo Mall Paseo Rotonda.

De acuerdo a los antecedentes técnicos, la dirección de vialidad del MOP rechazo en su momento la solicitud de autorizar el acceso al terreno del centro Comercial mediante un túnel, indicándole al grupo Pasmar, que no había inconveniente en revisar y aprobar de forma temporal un acceso a nivel de terreno, agregando que dicho túnel podría interferir con futuras
obras en el sector.

Ante la negativa de Vialidad, el grupo Pasmar S.A. interpuso un recurso de protección en contra del director regional del organismo, Alvaro Alruíz, valiéndose de antecedentes del estudio de impacto sobre el sistema de transporte urbano, el que fue aprobado por la seremia de transportes, y que autorizaba la construcción del túnel.

Por su parte el aludido director regional, señalo a la radio que en el lugar se comenzaran a realizar estudios para realizar obras que dejen a nivel la conexión de la ruta 5, por lo que el haber autorizado la construcción del túnel habría generado indemnizar al grupo Pasmar por el concepto de obras. Así lo señalo Alvaro Alruíz, director de Vialidad de Los Lagos.

Finalmente la corte suprema resolvió rechazar el recurso de protección interpuesto por el grupo Pasmar, conforme al articulo 56 de la ley general de Urbanismo y Construcción, que señala que es Vialidad la autoridad encargada de otorgar la autorización para acceder a un camino publico como es el caso de la ruta 5 en este tramo urbano donde estará emplazado el nuevo Mall paseo Rotonda.